¿Tiene una carnicería, una pescadería, una charcutería o una tienda de alimentación en España? Con VeriFactu, el cumplimiento fiscal de su negocio no depende solo del software y TPV, depende también de la balanza. ETPOS le explica por qué, y qué debe hacer para mantenerlo todo en orden.
Ya sabemos sobre qué es VeriFactu y qué exige, de forma general, a cualquier negocio que facture en España. Pero en el comercio especializado por peso hay una particularidad que merece especial atención: la venta no empieza en el TPV. Empieza en la balanza.
En una carnicería, una pescadería o una tienda de alimentación, cada venta es, primero, un acto de pesaje. Es ahí donde se define la cantidad, el precio y, muchas veces, el tique que el cliente se lleva, antes de que se emita cualquier factura, en el sentido más tradicional del término.
Esto significa que hay dos puntos donde se genera información fiscal: la balanza y el software de facturación. Y es precisamente en ese espacio entre ambos donde pueden surgir fallos: datos perdidos, registros duplicados o incoherentes entre lo pesado y lo facturado. Exactamente el tipo de fallo lo que VeriFactu quiere eliminar.
En la práctica, para que una carnicería, una pescadería o una tienda de alimentación cumplan con VeriFactu, no basta tener un software de facturación certificado en la caja. Hay que garantizar que:
Este es, quizás, el punto más específico de este sector: los errores de pesaje, de código de producto o de precio son frecuentes y forman parte del día a día de cualquier carnicería, pescadería o charcutería.
Con VeriFactu, esos errores ya no se pueden simplemente borrar o reimprimir. Una vez generado el registro fiscal, la corrección debe hacerse mediante una factura rectificativa, que queda también registrada, manteniendo intacto todo el histórico de lo ocurrido, incluidos los propios errores. Por eso, contar con un equipo formado para gestionar estas situaciones, sin recurrir a atajos, es tan importante como el propio software.
Tener una balanza moderna, con impresión de etiquetas y tickets, no significa, por sí solo, estar en conformidad con VeriFactu. Si la balanza no está correctamente integrada con un software de facturación certificado, el ticket que produce puede no tener ningún valor fiscal reconocido.
Por eso, en este sector de comercio especializado, el cumplimiento se resuelve a nivel de todo el sistema: balanza y software de facturación funcionando como uno solo.
Es precisamente para resolver esta particularidad que la integración entre ETPOS y la balanza BM5 tiene sentido.
Con ETPOS y la BM5 trabajando juntos, cada pesaje genera, de forma automática, un registro fiscal ya conforme con VeriFactu, sin introducciones manuales, sin duplicación de datos y sin margen para incoherencias entre el equipo de pesaje y la factura final.
Y, porque sabemos que los errores de pesaje forman parte del día a día de este sector, ETPOS ya está preparado para generar correctamente las facturas rectificativas siempre que sean necesarias, manteniendo todo en conformidad, sin complicar la rutina de su equipo.
Como siempre, las actualizaciones llegan de forma automática, y contará con un equipo de soporte técnico especializado en el comercio por peso, listo para ayudar en cada etapa de la transición.
No deje que el cumplimiento de su negocio dependa de sistemas que no se comunican entre sí. Contacte con nosotros para concertar una demo y descubra cómo el software TPV ETPOS y la balanza BM5 mantienen su carnicería, su pescadería o su charcutería siempre al día con VeriFactu.
VERI*FACTU
Actualización a fecha 2 de abril de 2025
El día 2 de abril se ha publicado en el BOE la Orden Ministerial que complementa el reglamento de la Ley Antifraude publicado el 6 de diciembre de 2024. #Verifactu que establece las fechas de entrada en vigor:
• antes del 1 de enero de 2026 para sociedades y antes del 1
de julio de 2026 para autónomos.
Aquí tenéis el link de descarga:
https://www.boe.es/boe/dias/2025/04/02/pdfs/BOE-A-2025-6600.pdf
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Con fecha 5 de diciembre de 2023, se acaba de publicar en el BOE la entrada en vigor del Reglamento:
REAL DECRETO 1007/2023, DE 5 DE DICIEMBRE POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS QUE DEBEN ADOPTAR LOS SISTEMAS Y PROGRAMAS INFORMÁTICOS O ELECTRÓNICOS QUE SOPORTEN LOS PROCESOS DE FACTURACIÓN DE EMPRESARIOS Y PROFESIONALES, Y LA ESTANDARIZACIÓN DE FORMATOS DE LOS REGISTROS DE FACTURACIÓN.
Ministerio de Hacienda y Función Pública «BOE» núm. 291, de 06 de diciembre de 2023 Referencia: BOE-A-2023-24840
Disposición final cuarta.
Entrada en vigor y efectos.
El presente real decreto y el reglamento entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, los obligados tributarios a que se refiere el artículo 3.1 de dicho Reglamento deberán tener operativos los sistemas informáticos adaptados a las características y requisitos que se establecen en el citado reglamento y en su normativa de desarrollo antes del 1 de julio de 2025.
Los obligados tributarios a que se refiere el artículo 3.2 de dicho Reglamento, en relación con sus actividades de producción y comercialización de los sistemas informáticos, deberán ofrecer sus productos adaptados totalmente al reglamento en el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial a que se refiere la disposición final tercera de este real decreto.
No obstante, en relación con sistemas informáticos incluidos en los contratos de mantenimiento de carácter plurianual contratados antes de este último plazo, deberán estar adaptados al contenido del reglamento con anterioridad al 1 de julio de 2025.
En el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial a que se refiere la disposición final tercera de este real decreto estará disponible en la sede de la Agencia Estatal de Administración Tributaria el servicio para la recepción de los registros de facturación remitidos por los Sistemas de emisión de facturas verificables.
Dado en Madrid, el 5 de diciembre de 2023.
FELIPE R.
La Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra de Hacienda y Función Pública, MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO
Puedes acceder al BOE: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-24840
VeriFactu es un término introducido por la Ley Antifraude o contra el Fraude Fiscal y, más concretamente, por su reglamento de desarrollo en materia de certificación del software.
VeriFactu es la calificación que se da a los sistemas de emisión de facturas verificables. En principio, son sistemas informáticos empleados para cumplir las obligaciones de facturación que deben enviar facturas a Hacienda. Como tales, deben cumplir con todas los requisitos de la ley antifraude.
Ofrecemos para nuestros clientes un software de facturación certificado, cabe el ejemplo con nuestro software de Gestión, Facturación y Trazabilidad ETPos que comunica actualmente en 2023 con las Haciendas Forales y del Gobierno Vasco.
Con el software de gestión y facturación ETPOS, al utilizar nuestras balanzas y soluciones TPV estará cumpliendo con todas las obligaciones legales de TicketBAI!
¿Que és TicketBAI?
Es un proyecto desarrollado conjuntamente por las Haciendas Forales y del Gobierno Vasco cuyo objetivo es implantar unas obligaciones legales y técnicas en los software de gestión y facturación de las empresas contribuyentes que permitan llevar a cabo un control de sus actividades e ingresos económicos.
¿Qué es necesario para cumplir?
Principalmente un software de gestión adaptado a TicketBAI que genere las facturas y envíe la información a Hacienda conforme a los requisitos establecidos.
También será necesario un certificado de dispositivo y, en función de la provincia, es posible que sea necesario contar con conexión a Internet.
¡Nuestras soluciones están preparadas para el TicketBAI, y estarán preparadas para futuras homologaciones!
El futuro que nos espera a los software de facturación:
Sistemas Informáticos de Facturación y Sistemas VERI*FACTU
¿Cuándo será obligatorio utilizar VERI*FACTU?
Se establece que será obligatorio para las empresas y profesionales disponer de un programa de facturación adaptado a los requisitos legalmente establecidos, a antes del 1 de enero de 2026(sociedades) y antes del 1 de julio de 2026(autónomos).
A partir de ahí, todas las empresas y profesionales que emitan facturas tendrán que usar este sistema de emisión de facturas verificables.
Se van a establecer los requisitos técnicos necesarios para el envío de los registros de facturación generados por los sistemas informáticos a la Administración tributaria.
Los obligados tributarios que utilicen sistemas informáticos podrán remitir voluntariamente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de forma automática y segura por medios electrónicos, todos los registros de facturación generados por los sistemas informáticos.
Para el desarrollo del proyecto se ha considerado importante definirlo bajo estándares que faciliten su desarrollo y que permitan una alta funcionalidad, para ello se utilizarán servicios web que permitirán un envío de los registros de facturación en tiempo real. Se centra exclusivamente en los servicios web destinados al envío voluntario de registros de facturación (sistemas VERI*FACTU).
El envío de registros de facturación ante un requerimiento de la AEAT será objeto de otros servicios web diferenciados. Igualmente, a futuro podrán incorporarse nuevos servicios web que no están recogidos en esta versión del documento.
Consute la Website de la Agencia Tributaria:
Agencia Tributaria: Desarrollo Veri*Factu
SEMINARIO EE.DD. 6/11/23 Estado Proyectos Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y Factura Electrónica.
Estado proyecto Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y Veri*factu
Información ofrecida en la reunión Convocatoria de reunión Entidades de Desarrollo - 6 de noviembre de 2023 - DIT:
Convocatoria de reunión Entidades de Desarrollo - 6 de noviembre de 2023 - DIT
https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT_Desarrolladores/EEDD/2023/Seminario-EEDD-SIF-FE-1123.pdf
Sin duda, sería tu mejor opción, ya que nuestros equipos de desarrolladores se encuentran trabajando en la adaptación del programa a la nueva normativa y garantizamos el correcto funcionamiento antes de que comience el periodo obligatorio.
Además, contamos con la experiencia previa de haber implementado el sistema de facturación electrónica del País Vasco (TicketBAI).
Si ya trabajas con cualquiera de nuestras balanzas MarquesTáctiles o Tpv con el software Etpos 5, todas ellas cumplirán con la normativa legal enen el plazo requerido.
Para los modelos Balanzas BM5 XS, tendrán que ser adaptadas con una actualización de hardware y software para que puedan cumplir con las exigencias de VERIFACTU. El resto de Tpvs con ETPOS 5, tendrán que ser actualizados solamente el software a una versión igual o superior a la 5.32.14.
Se facilitará a los clientes contratar una nube ETCLOUD donde se podrá guardar diarimente una copia de seguridad de la base de datos y garantizar la posibilidad de la conexión remota al ETPos para las futuras actualizaciones de software.
Evidentemente se precisará que todo negocio disponga de conexión a internet.
Si ya trabajas con cualquiera de nuestras balanzas MarquesTáctiles o Tpv con el software Etpos 5, todas ellas cumplirán con la normativa legal en el plazo requerido.
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